Factura electrónica obligatoria en España: ¿cuándo es y qué debes saber?

La factura electrónica será obligatoria en España para empresas y autónomos, pero no entrará en vigor de forma generalizada hasta 2027. Tras varios cambios y retrasos, la normativa ya tiene un calendario más claro, aunque sigue generando muchas dudas.

En este artículo te explicamos qué es exactamente lo que será obligatorio, a partir de cuándo, a quién afecta y qué conviene hacer desde ahora para evitar problemas cuando llegue el momento.

Factura electrónica y Verifactu: no es lo mismo

Antes de hablar de fechas, es importante aclarar un punto clave: factura electrónica y Verifactu no son exactamente lo mismo, aunque estén relacionados.

  • Factura electrónica: formato digital estructurado (no un simple PDF) que se usará en las operaciones entre empresas y profesionales (B2B).

  • Verifactu: sistema de facturación certificado por la Agencia Tributaria que garantiza que las facturas no se pueden modificar y que quedan registradas correctamente.

Ambos forman parte del proceso de digitalización de la facturación, pero tienen calendarios y requisitos distintos.

¿Cuándo será obligatoria la factura electrónica?

Según la información oficial más reciente, el calendario previsto es el siguiente:

Sistema Verifactu

  • 1 de enero de 2027: obligatorio para empresas sujetas al Impuesto sobre Sociedades.

  • 1 de julio de 2027: obligatorio para autónomos y el resto de empresas.

Esto afecta a los programas de facturación, que deberán cumplir los requisitos técnicos establecidos por Hacienda.

Factura electrónica B2B

La obligación de emitir facturas electrónicas en formato estructurado entre empresas y profesionales está pendiente del desarrollo reglamentario definitivo.

  • La previsión actual sitúa su entrada en vigor a partir de 2027, aunque podría extenderse a 2028 dependiendo de cuándo se publique el reglamento técnico.

  • No se aplicará a operaciones con consumidores finales (B2C), salvo que lo soliciten.

¿A quién afecta esta obligación?

Cuando entre en vigor, afectará a:

  • Autónomos que facturen a otros profesionales o empresas.

  • Pymes y grandes empresas en relaciones B2B.

  • Empresas que utilicen programas de facturación propios o de terceros.

No se trata solo de “emitir facturas”, sino de usar un software adaptado y cumplir con los requisitos técnicos exigidos por la Agencia Tributaria.

¿Qué cambia respecto a cómo se factura ahora?

Muchos autónomos y empresas trabajan actualmente con:

  • PDFs generados manualmente

  • Programas sencillos sin control de modificaciones

  • Facturación en Excel

Con la nueva normativa:

  • No bastará con un PDF sin trazabilidad.

  • El software deberá garantizar la integridad y conservación de las facturas.

  • Las facturas quedarán registradas conforme a los requisitos de Hacienda.

Esto implica un cambio real en la forma de facturar, no solo un trámite administrativo.

¿Qué conviene hacer desde ahora?

Aunque la obligación no sea inmediata, no es recomendable esperar a última hora. Lo más sensato es:

  1. Revisar el programa de facturación actual
    Asegúrate de que podrá adaptarse a Verifactu o valora cambiarlo con tiempo.

  2. Ordenar la gestión contable y documental
    Tener procesos claros facilitará mucho la transición.

  3. Planificar la adaptación en 2026
    El año previo será clave para pruebas, formación y ajustes.

  4. Consultar con tu asesoría
    Cada negocio es distinto y no todos los casos requieren la misma solución.

¿Habrá sanciones por no cumplir?

Aunque el régimen sancionador definitivo dependerá del reglamento final, la normativa prevé sanciones por el uso de software no certificado o por incumplimiento de los requisitos de facturación.

Además de las sanciones, el mayor riesgo suele ser:

  • errores en la facturación

  • problemas en inspecciones

  • incompatibilidad con clientes o proveedores

Conclusión

La factura electrónica obligatoria y el sistema Verifactu marcarán un antes y un después en la gestión de la facturación en España. Aunque la entrada en vigor general se sitúa en 2027, la adaptación requiere planificación y criterio.

Anticiparse, revisar procesos y contar con asesoramiento adecuado permitirá afrontar el cambio con tranquilidad y sin prisas de última hora.

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